VolverConvocatoria: PROGRAMA NEOTEC 2017

Nombre PROGRAMA NEOTEC 2017
Tipo de ayuda Otros > Otros
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 15/09/2017
Fecha oficial 20/09/2017

Código de la convocatoria:

CDTI-PILE-AC-NEOTEC-2017

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 18/07/2017 00:00h hasta el 20/09/2017 12:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas, dirigidas a pequeñas empresas innovadoras, que financiarán la  puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnología o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de la tecnología.

Resumen de la convocatoria:

Ayudas que financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnología o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de la tecnología. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de una tecnología propia.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán ser solicitantes las empresas innovadoras* que cumplan los siguientes requisitos:

  • Deberán ser pequeñas empresas dentro de la categoría de las PYME: empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
  • No deberán estar cotizadas.
  • Deberán estar constituidas un máximo de tres años y un mínimo de seis meses antes de la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de la constitución de la empresa.
  • No deberá haber distribuido beneficios.
  • No deberá haber surgido a partir de sociedades mercantiles anteriores.
  • Deberá contar con un capital mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000€, desembolsando íntegramente e inscrito en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
  • Deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

*En la presente convocatoria se entenderá como empresa innovadora aquella que cumpla, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  1. Que pueda demostrar, mediante la evaluación realizada por un experto, que desarrollará en un futuro previsible productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector, y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
  2. Que tenga unos costes de investigación y desarrollo que representen un mínimo del 10% del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda. Si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, esta condición debe cumplirse en el ejercicio fiscal en curso.

 

Cómo se solicita:

La cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará a través de la sede electrónica del CDTI

Las solicitudes se presentarán mediante el formulario electrónico correspondiente, junto con la siguiente documentación:

  • Plan de empresa, con el contenido mínimo del Anexo 2 de la resolución de la convocatoria.
  • Curriculum Vitae del equipo emprendedor y técnico de la empresa (la extensión máxima recomendada de cada curriculum será de 4 páginas, con tamaño de letra 11, fuente Arial e interlineado sencillo).
  • Video de presentación del plan de empresa, de una duración máxima de tres minutos. El equipo emprendedor de la empresa deberá realizar una exposición global del plan de empresa presentado, haciendo referencia a su modelo productivo, de mercado, financiero y de gestión.
  • En el caso de que se subcontraten actividades con entidades vinculadas, solicitud de autorización de dicha subcontratación y declaración responsable de que se realiza de acuerdo con lo exigido en la Ley General de Subvenciones.
  • Documentación económico-financiera.
  • Documentación jurídico-administrativa.

 

Cuantía:

Se subvencionará hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de 250.000€ por beneficiario. Cada actuación deberá tener un importe mínimo financiable de 175.000€. Presupuesto total de la convocatoria: 20.000.000€.

 

Duración:

Uno o dos años. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2018, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2018, o bien el 31 de diciembre de 2019.

 

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Resolución de Convocatoria

Extracto Convocatoria BOE

Web de la ayuda BDNS

Web de la ayuda CDTI 

 

  • Inversiones en equipos.
  • Gastos de personal, en los términos recogidos en el Anexo 1 presente en el documento de Resolución de la Convocatoria.
  • Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
  • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.

Subcontrataciones:

Podrán subcontratarse las actuaciones objeto de ayuda hasta el porcentaje máximo del 50 por ciento del coste total subvencionado.