VolverConvocatoria: AYUDAS PARA I+D+i RETOS COLABORACIÓN 2016

Nombre AYUDAS PARA I+D+i RETOS COLABORACIÓN 2016
Tipo de ayuda Proyectos I+D+i > Proyectos de I+D+i
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional Atención primaria, Básica, Clínica, Enfermería, Salud Pública
Especialidad ALERGOLOGÍA, ANÁLISIS CLÍNICOS, ANATOMÍA PATOLÓGICA, ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN, ANGIOLOGÍA Y C... (79 en total)
Fecha límite Fibao 02/03/2016
Fecha oficial 07/03/2016

Presentación de solicitudes: Desde el 09 de febrero hasta el 07 de marzo de 2016 a las 15:00h (horario peninsular)

Resumen de la convocatoria:

Convocatoria cuyo objetivo es el de dar apoyo a proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades establecidas dentro del Programa Estatal  de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la  Sociedad, y estar referidas a un único retro de los especificados en la convocatoria, entre los que se encuentra el Reto: salud, cambio demográfico y bienestar. Los proyectos a financiar serán de desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Podrá incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios. El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados. Podrá incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación. El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

Quién puede solicitarla:Requisitos de los Solicitantes:

Podrán tener la condición de beneficiarios:

  • Organismos públicos de investigación.  
  • Universidades públicas.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Otros centros públicos de I+D.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  • Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Otros centros privados de I+D. Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.
  • Empresas.
  • Asociaciones empresariales sectoriales.
Requisitos del consorcio
  • El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado.
  • El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa que actuará como solicitante de la ayuda y como interlocutor único con el órgano concedente.
  • La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto.
  • La suma de los porcentajes de participación empresarial, deberá ser superior al 60% del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70% de dicho presupuesto.
Cómo se solicita:

1. La presentación de la solicitud se realizará a través de la cumplimentación del formulario electrónico disponible en la sede electrónica.

2. Con carácter previo todas las entidades que participen en el proyecto deberán, si no lo han hecho en anteriores convocatorias, darse de alta en el Sistema de Entidades de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

3. Es muy importante que las entidades verifiquen que la categoría que tienen asignada es correcta.

4. La solicitud de ayuda constará de los siguientes elementos:

o La solicitud de ayuda firmada por el representante de la agrupación.

o Declaración de conformidad de participación en el proyecto firmada por los representantes legales de las entidades participantes

o Cuestionario que contenga una descripción de las principales actividades y del presupuesto detallado del proyecto, en el que se deberá declarar expresamente que no se han recibido subvenciones concurrentes con la solicitada.

o Memoria técnica del proyecto, con el contenido del anexo II

o Adenda a la memoria técnica con el contenido de carácter económico y complementario recogido en el anexo III de la convocatoria

o Acuerdo de colaboración

Acceso a modelos: http://bit.ly/1QnCN4s

Cuantía:

El presupuesto mínimo de los proyectos será de 500.000€.

Estas ayudas serán en forma de préstamo, anticipo reembolsable FEDER o subvención.

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es 586.400.000€, siendo 99.400.000€ en subvención y 487.000.000€ en anticipo reembolsable FEDER y préstamo.

Las empresas solo podrán obtener la ayuda en forma de préstamo a excepción del año 2016 en el que de los 20.900.000€ disponibles en capítulo 7 para el año 2016 se destinará una partida especial de 9.900.000€ para la concesión de ayudas en forma desubvención a todas las tipologías de beneficiarios, excepto a las grandes empresas, que declaren como lugar efectivo de realización de la actividad las siguientes comunidades y ciudades autónomas: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura, Galicia, Melilla, Principado de Asturias y Región de Murcia.

Los préstamos concedidos a la empresas podrán cubrir un 95% del coste financiable y estarán sujetos a las siguientes condiciones:

  • Tipo de interés: para el cálculo del tipo de interés al que se concede el préstamo se utilizará como referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil.
  • Plazo fijo de carencia: tres años.
  • Plazo máximo de devolución: siete años.
  • Plazo máximo de amortización: diez años.
Duración:
Los proyectos deberán ser plurianuales. Parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016 y se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Como mínimo acabarán el 31 de diciembre de 2017 y como máximo acabarán el 31 de diciembre de 2019.

Criterios de evaluación:

Excelencia técnica, innovadora y económica del proyecto. 30 puntos.

Capacidad técnica y económica del consorcio. Se valorarán los antecedentes y complementariedad de los miembros del consorcio y la capacidad técnica y económica del mismo: 15 puntos.

Impacto socioeconómico. 15 puntos.

Proyección internacional. 20 puntos.

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Modificación de Bases Reguladoras

Resolución de Convocatoria

Web de la Ayuda


IMPORTANTE

Las entidades perteneciente al sector público recibirán ayuda en forma de subvención.

El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15.000.000€ en los siguientes porcentajes.

  • Pequeñas empresas , la intensidad de la ayuda máxima será del 60%
  • Medianas empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 50
  • Grandes empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 40%

Conceptos Financiables:

a) Personal.

b) Aparatos y equipos destinados al Proyecto

c) Materiales. Material fungible y consumibles directamente derivados del proyecto

d) Auditoría de Cuentas.

e) Subcontratación

f) Otros costes directos: Patentes. Gastos de consultoría. Contratos y asistencias técnicas. Viajes

No se financiarán los gastos de difusión, las asistencias a congresos y los gastos derivados de las publicaciones