VolverConvocatoria: AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE LA INNOVACIÓN 2020

Nombre AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE LA INNOVACIÓN 2020
Tipo de ayuda Proyectos I+D+i > Proyectos I+D+i
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora FECYT, FUNDACION ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 21/01/2021
Fecha oficial 26/01/2022

Código de la convocatoria:

FECYT-PCCI-PI-CAFCCTI-2022

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 11/12/2021 00:00h hasta el 26/01/2022 13:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas al fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación con el objetivo de incrementar la cultura científica y tecnológica de la sociedad, la difusión de los resultados de investigación y de la innovación financiados con fondos públicos, la participación ciudadana en las actividades de investigación, la mejora de la educación científico–técnica de la sociedad en todos los niveles, y la profesionalización de la comunicación científica.

Resumen de la convocatoria:

Ayudas al fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:

  • Línea de actuación 1. Cultura científica, tecnológica y de la innovación:
    • Modalidad 1.1. Fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación.
    • Modalidad 1.2. Estudios sobre cultura científica.
  • Línea de actuación 2. Educación y vocaciones científicas.
  • Línea de actuación 3. Ciencia ciudadana.
  • Línea de actuación 4. Redes de divulgación y comunicación de la ciencia y la innovación:
    • Modalidad 4.1: Red de Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i).
    • Modalidad 4.2: Ferias de la Ciencia.
  • Línea de actuación 5. Fomento del pensamiento crítico.

La finalidad de las actuaciones objeto de las ayudas es incrementar la cultura científica y tecnológica de la sociedad, la difusión de los resultados de investigación y de la innovación financiados con fondos públicos, la participación ciudadana en las actividades de investigación, la mejora de la educación científico–técnica de la sociedad en todos los niveles, y la profesionalización de la comunicación científica.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  • Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. 

 

Cómo se solicita:

La presentación de las solicitudes se realizará conforme a las instrucciones y modelos establecidos al efecto en el sistema electrónico de participación disponible en la dirección web de la FECYT.

Se establecen los siguientes plazos para la presentación de solicitudes:

Desde el 11 de diciembre de 2020 a las 11 horas al:

  • 26 de enero de 2021 a las 13 horas para elevar a definitiva una solicitud.
  • 27 de enero de 2021 a las 13 horas para firmar electrónicamente.

 

Cuantía:

Presupuesto convocatoria:  3.940.000€*

 

Duración:

Un año

 

Más información:

Orden de bases reguladoras

Resolución de la convocatoria (BDNS)

Web de la ayuda

 

* Se asignará hasta una cuantía máxima del 60% del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite máximo de 150.000 euros por solicitud.