VolverConvocatoria: APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2023

Nombre APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2023
Tipo de ayuda Otros > Otros
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 17/02/2022
Fecha oficial 04/05/2023

Código de la convocatoria:

MINECO-PFIT-AC-CENSO-2023

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 14/04/2023 00:00h hasta el 04/05/2023 14:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de centros y unidades de investigación, mediante su acreditación como Centros de Excelencia Severo Ochoa o Unidades de Excelencia María de Maeztu y financiación de sus planes estratégicos. Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados en el punto anterior.

Resumen de la convocatoria:

Las actuaciones que prevé esta convocatoria tienen por finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación, pertenecientes o participadas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, existentes en España y que destaquen por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial. 

Para la consecución de esta finalidad, la convocatoria promueve:

  • La acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichos centros destinados a fortalecer sus capacidades científicas y estratégicas; potenciar su liderazgo internacional; impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración interna, así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento; y actuar como agentes tractores en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • La acreditación de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de los programas estratégicos de investigación de frontera que ejecuten dichas unidades destinados a fortalecer sus capacidades científicas; impulsar la especialización de la investigación; potenciar la agregación de capacidades científicotécnicas a través de la colaboración interna así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación y atracción de talento; y actuar como agentes tractores en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados en el punto anterior. La finalidad de estas actuaciones es la formación de nuevos doctores mediante la realización de una tesis doctoral asociada a una línea prioritaria de las previstas en el plan o programa estratégico financiado en esta convocatoria. 

 

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 72.750.000€. 

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Otros centros públicos de I+D+i, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
  • Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal. 

 

 

 

Requisitos específicos de los centros:

A efectos de esta convocatoria se entenderá por centro a una organización dedicada a la ejecución directa de la investigación, con personalidad jurídica propia o que, careciendo de ella, se haya creado como tal de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenece, que reúna los siguientes requisitos: 

  • Estar legalmente constituido desde, al menos, el 1 de enero de 2015, con la excepción de aquellos centros resultantes de la fusión de otros previamente existentes, en cuyo caso deberán estar constituidos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria, si bien los centros que dieron lugar a la fusión deberán haber sido creados desde, al menos, el 1 de enero de 2015.
  • Disponer de personal investigador adscrito al centro, entendiéndose como personal adscrito el personal propio del centro y el personal adscrito nominalmente al centro, vinculado a la entidad a la que pertenece el centro, en los casos de centros sin personalidad jurídica propia, o vinculado a otra entidad diferente, conforme a las correspondientes normas legales o estatutos, y de una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia. En cualquier caso, es necesario que el centro disponga de personal propio.
  • Además, se incluyen expresamente en esta definición siempre que cumplan los requisitos anteriores:
    • Los institutos y consorcios universitarios e interuniversitarios con personalidad jurídica propia.
    • Los centros e institutos de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC), siempre que cuenten con unidad gerencial propia o compartida con uno o más centros e institutos del CSIC.
    • Los centros o institutos mixtos, que cuenten con una unidad gerencial propia o compartida diferenciada y una localización para todo el centro o instituto.
    • El Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).
  • Designar a un director o directora científica y a diez investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

En todo caso, la solicitud de las organizaciones anteriores deberá referirse siempre al conjunto del centro o instituto, y por tanto incluir a la totalidad de los/as investigadores/as adscritos/as.

 

Requisitos específicos de las unidades:

A efectos de esta convocatoria se entenderá por unidad una estructura de investigación, diferenciada y estable en el tiempo, sin personalidad jurídica propia, que reúna los siguientes requisitos:

  • Contar con el reconocimiento o aprobación, formal y documentado, de los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca y, cuando proceda, haber sido creado por el organismo competente, de acuerdo con las normas legales o estatutos de dicha entidad o con la normativa que regule su creación, desde, al menos, el 1 de enero de 2018. 
  • Disponer de una trayectoria de investigación compartida, articulada desde el punto de vista científico y demostrable, al menos durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022).
  • Disponer de infraestructura y recursos científicos compartidos por todos/as los/as investigadores/as que integran la unidad, que permitan la consolidación y el desarrollo de un programa estratégico de investigación de frontera común y de actividades formativas.
  • Disponer de una plantilla de investigadores/as doctores/as adscritos/as a la unidad, entendiéndose como personal adscrito el personal propio de la entidad solicitante a la que pertenece la unidad, adscrito nominalmente a la unidad, y el personal vinculado a otra entidad diferente, igualmente adscrito nominalmente a la unidad, conforme a las correspondientes normas legales o estatutos de la entidad a las que pertenezcan dichos/as investigadores/as. Al menos el 80% de dicho personal investigador de la unidad deberá ser personal propio de la entidad solicitante. Hasta el 20% restante del personal investigador podrá pertenecer a otras entidades y deberá estar adscrito formalmente a la unidad.
  • Se incluyen expresamente en esta definición, siempre que cumplan los requisitos anteriores, los departamentos universitarios, los institutos de investigación, universitarios e interuniversitarios, sin personalidad jurídica y los departamentos de los organismos públicos de investigación, con la excepción de los del CSIC y el IAC, y de los de los centros o institutos mixtos.
  • Como excepción y siempre que la solicitud se refiera a la totalidad del centro, podrán presentarse como unidades los centros que, cumpliendo los requisitos, no dispongan de una plantilla de investigadores/as doctores/as adscritos/as al centro superior a 80 en el momento de presentación de la solicitud. 
  • Designar a un director o directora científica y a seis investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

 

Cómo se solicita:

Las solicitudes serán tramitadas íntegramente a través de la sede electrónica del Ministerio

Al formulario electrónico de solicitud, el director o directora científica deberá adjuntar la siguiente documentación obligatoria:

  • «Curriculum vitae» abreviado (CVA) del director o directora científica, que se presentará en el modelo normalizado. El CVA se presentará en inglés y tendrá una extensión máxima de 4 páginas.
  • Documentación acreditativa de la constitución del centro o, en el caso de las unidades, del reconocimiento o de la aprobación formal, o de la creación de las mismas por los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca u organismo competente en materia de creación. 
  • En el caso de los centros, documentación acreditativa de las unidades administrativa, gerencial y directiva.
  • nexo de la memoria de las actividades científico-técnicas del centro o de la unidad durante el periodo de referencia.
  • En el caso de centros, anexo del plan estratégico y, en el caso de unidades, anexo del programa estratégico de investigación.
  • En el caso de los centros documento en el que figure el nombramiento y composición de los/as miembros del comité científico asesor externo del centro, así como una copia del último informe realizado por dicho comité.

Encontrará la documentación y modelos necesarios para presentar la solicitud en este enlace

 

Cuantía:

4.500.000€/Centro; 2.250.000€/unidad + 116.000€/predoctoral

 

Duración:

Cuatro años.

 

Más información:

Orden de bases

Resolución de la convocatoria (BDNS)

Extracto de la convocatoria (publicado en BOE)

Web de la ayuda

 

No se podrá solicitar ni acceder a la acreditación y la ayuda objeto de esta convocatoria en los siguientes casos:

  • Centros y unidades que ya estén acreditados y financiados como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» o «Unidades de Excelencia María de Maeztu» en las convocatorias 2019, 2020 y 2021, o los que pudieran resultar de la desagregación o agregación de los centros o de las unidades acreditados en las convocatorias indicadas. sí podrán presentar una solicitud en esta convocatoria los «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y las «Unidades de Excelencia María de Maeztu» acreditados en la convocatoria 2019, siempre que el periodo de ejecución de la actuación financiada no exceda del 31 de diciembre de 2023.
  • Dos o más unidades que pertenezcan a un mismo centro o que resulten de la subdivisión de una unidad, de acuerdo con las definiciones de esta convocatoria; o un centro o unidad integrado por personal investigador adscrito a un «Centro de Excelencia Severo Ochoa» o a una «Unidad de Excelencia María de Maeztu» acreditados en el momento de presentación de la solicitud a la presente convocatoria, con la excepción de los acreditados en la convocatoria 2018 y en la convocatoria 2019, respectivamente.
  • Dos o más centros o unidades que incluyan los/as mismos/as investigadores/as o investigadores/as que pertenezcan a centros o unidades ya acreditados.
  • Centros o unidades solicitantes en la convocatoria 2021 de esta misma actuación y que hubieran obtenido en dicha solicitud una calificación final inferior a 82,5 puntos.
 

 

Información extraída de la web de la ayuda. En caso de posible incongruencia, prevalecerá la información proporcionada por el organismo financiador en sus medios oficiales