Nombre | AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE EXCELENCIA, MARÍA DE GUZMÁN 2023 |
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Tipo de ayuda | Proyectos I+D+i > Proyectos I+D+i |
Ámbito | Nacional |
Estado de la convocatoria | Cerrada |
Entidad financiadora | FECYT, FUNDACION ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA |
Naturaleza financiación | bbpxc3xbablica |
Grupo profesional | |
Especialidad | (0 en total) |
Fecha límite Fibao | 06/08/2023 |
Fecha oficial | 11/08/2023 |
Código de la convocatoria:
FECYT-PCCI-PI-MGUZ-2023
Presentación de solicitudes:
Desde el 06/07/2023 00:00h hasta el 11/08/2023 13:00h (horario peninsular).
Objeto:
Ayudas de la FECYT para el fomento de la investigación científica de excelencia y de la ciencia en abierto, en apoyo a los diferentes agentes que operan en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación: Línea 1: Gestión y medición de resultados de investigación y Línea 2: Ciencia en abierto e interoperabilidad de infraestructuras digitales institucionales.
Resumen de la convocatoria:
Ayudas de la FECYT para el fomento de la investigación científica de excelencia y de la ciencia en abierto, en apoyo a los diferentes agentes que operan en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:
- Línea 1: Gestión y medición de resultados de investigación.
Dentro de esta línea de actuación se financiará parcialmente la adquisición para 2023 del acceso a las bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio, que favorezcan una óptima gestión y medición de resultados de investigación en el seno de las propias entidades.
La actividad objeto de ayuda se debe haber realizado dentro del periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
- Línea 2: Ciencia en abierto e interoperabilidad de infraestructuras digitales institucionales.
Dentro de esta línea de actuación se financiarán parcialmente actuaciones destinadas a la mejora de la capacitación tecnológica, la calidad y la interoperabilidad de las infraestructuras institucionales de difusión, almacenamiento, preservación y gestión de la información científica.
Las actividades objeto de las ayudas se realizarán dentro del periodo máximo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, e iniciarse a lo largo del año 2024.
Dentro de esta línea de distinguen tres modalidades:
Modalidad 1: Todas aquellas acciones destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad e interoperabilidad de los repositorios institucionales, así como las medidas destinadas a incrementar el archivo de resultados de investigación en ellos (publicaciones, datos, desarrollo software, protocolos, planes de gestión de datos y otros resultados de investigación).
Modalidad 2: Todas aquellas acciones destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad e interoperabilidad de los sistemas de gestión de la investigación institucionales (CRIS1 , por sus siglas en inglés) y los sistemas de gestión curricular, además de las medidas destinadas a mejorar los servicios de gestión de la información científica a nivel institucional.
Modalidad 3: Todas aquellas acciones llevadas a cabo por los servicios de publicaciones institucionales o por las entidades de edición técnica y gestión editorial destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad editorial e interoperabilidad tecnológica de la edición académica, así como las medidas destinadas a favorecer la implementación de las políticas de acceso abierto a través de ellas, incluyendo la relación entre publicaciones académicas y sus datos de investigación subyacentes.
Requisitos de los solicitantes:
Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
- Los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
- Las Universidades públicas y privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Las Instituciones públicas o privadas que gestionen y proporcionen recursos científicos de forma agregada a las diferentes entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
Adicionalmente, para la Línea 2 podrán tener la condición de beneficiarias:
- Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
- Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
- Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
- Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
- Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
Limitaciones:
Las entidades solicitantes podrán presentar a la línea 1, un máximo de una solicitud, y a la línea 2, podrán presentar un máximo de dos solicitudes. Cada una de las solicitudes presentadas a la línea 2 deberá estar adscrita a una de sus tres modalidades, aunque afecte a las otras dos de manera directa o indirecta. Las entidades solicitantes no podrán cursar más de una solicitud por modalidad de actuación.
Cómo se solicita:
Documentación necesaria:
- Memoria técnica en castellano de la acción objeto de solicitud.
- Escritura notarial del poder del representante legal con competencia para la aceptación de la ayuda o documento acreditativo del poder equivalente según las prescripciones legales que sean aplicables, salvo que ya estuviere incorporado al registro de la entidad solicitante.
- Copia de la tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF) de la entidad solicitante.
Presentación de solicitudes:
La presentación de las solicitudes se realizará en el sistema electrónico de participación disponible en la dirección web de la FECYT, conforme a las instrucciones y modelos establecidos al efecto.
Cuantía:
85% del coste total
Duración:
Uno o dos años.
Más información:
Extracto de la resolución (publicado en BOE)
Documentación convocatoria (BDNS)