VolverConvocatoria: AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE EXCELENCIA, MARÍA DE GUZMÁN 2023

Nombre AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE EXCELENCIA, MARÍA DE GUZMÁN 2023
Tipo de ayuda Proyectos I+D+i > Proyectos I+D+i
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora FECYT, FUNDACION ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 06/08/2023
Fecha oficial 11/08/2023

Código de la convocatoria:

FECYT-PCCI-PI-MGUZ-2023

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 06/07/2023 00:00h hasta el 11/08/2023 13:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas de la FECYT para el fomento de la investigación científica de excelencia y de la ciencia en abierto, en apoyo a los diferentes agentes que operan en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación: Línea 1: Gestión y medición de resultados de investigación y Línea 2: Ciencia en abierto e interoperabilidad de infraestructuras digitales institucionales.

Resumen de la convocatoria:

Ayudas de la FECYT para el fomento de la investigación científica de excelencia y de la ciencia en abierto, en apoyo a los diferentes agentes que operan en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:

  • Línea 1Gestión y medición de resultados de investigación.

Dentro de esta línea de actuación se financiará parcialmente la adquisición para 2023 del acceso a las bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio, que favorezcan una óptima gestión y medición de resultados de investigación en el seno de las propias entidades.

La actividad objeto de ayuda se debe haber realizado dentro del periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.

  • Línea 2: Ciencia en abierto e interoperabilidad de infraestructuras digitales institucionales.

Dentro de esta línea de actuación se financiarán parcialmente actuaciones destinadas a la mejora de la capacitación tecnológica, la calidad y la interoperabilidad de las infraestructuras institucionales de difusión, almacenamiento, preservación y gestión de la información científica.

Las actividades objeto de las ayudas se realizarán dentro del periodo máximo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, e iniciarse a lo largo del año 2024.

Dentro de esta línea de distinguen tres modalidades:

Modalidad 1: Todas aquellas acciones destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad e interoperabilidad de los repositorios institucionales, así como las medidas destinadas a incrementar el archivo de resultados de investigación en ellos (publicaciones, datos, desarrollo software, protocolos, planes de gestión de datos y otros resultados de investigación). 

Modalidad 2: Todas aquellas acciones destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad e interoperabilidad de los sistemas de gestión de la investigación institucionales (CRIS1 , por sus siglas en inglés) y los sistemas de gestión curricular, además de las medidas destinadas a mejorar los servicios de gestión de la información científica a nivel institucional. 

Modalidad 3: Todas aquellas acciones llevadas a cabo por los servicios de publicaciones institucionales o por las entidades de edición técnica y gestión editorial destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad editorial e interoperabilidad tecnológica de la edición académica, así como las medidas destinadas a favorecer la implementación de las políticas de acceso abierto a través de ellas, incluyendo la relación entre publicaciones académicas y sus datos de investigación subyacentes.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Los Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
  • Las Universidades públicas y privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Las Instituciones públicas o privadas que gestionen y proporcionen recursos científicos de forma agregada a las diferentes entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

 

Adicionalmente, para la Línea 2 podrán tener la condición de beneficiarias:

  • Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
  • Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

 

Limitaciones:

Las entidades solicitantes podrán presentar a la línea 1, un máximo de una solicitud, y a la línea 2, podrán presentar un máximo de dos solicitudes. Cada una de las solicitudes presentadas a la línea 2 deberá estar adscrita a una de sus tres modalidades, aunque afecte a las otras dos de manera directa o indirecta. Las entidades solicitantes no podrán cursar más de una solicitud por modalidad de actuación.

 

Cómo se solicita:

Documentación necesaria:

  • Memoria técnica en castellano de la acción objeto de solicitud. 
  • Escritura notarial del poder del representante legal con competencia para la aceptación de la ayuda o documento acreditativo del poder equivalente según las prescripciones legales que sean aplicables, salvo que ya estuviere incorporado al registro de la entidad solicitante. 
  • Copia de la tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF) de la entidad solicitante.

 

Presentación de solicitudes:

La presentación de las solicitudes se realizará en el sistema electrónico de participación disponible en la dirección web de la FECYT, conforme a las instrucciones y modelos establecidos al efecto. 

 

Cuantía:

85% del coste total

 

Duración:

Uno o dos años.

 

Más información:

Bases reguladoras

Resolución de la convocatoria

Extracto de la resolución (publicado en BOE)

Documentación convocatoria (BDNS)

Guía de evaluación Línea 1

Guía de evaluación Línea 2

Web de la ayuda

 

 
 
Información extraída de la web de la ayuda. En caso de posible incongruencia, prevalecerá la información proporcionada por el organismo financiador en sus medios oficiales.