VolverConvocatoria: PROGRAMA ATRAE 2024

Nombre PROGRAMA ATRAE 2024
Tipo de ayuda Recursos humanos > Consolidación
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Prevista Publicacion
Entidad financiadora AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 22/07/2024
Fecha oficial 27/07/2024

Código de la convocatoria:

AEI-RRHH-ATRAE-2024

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 29/06/2024 00:00h hasta el 27/07/2024 14:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Estas ayudas tienen como finalidad facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) más competitivo a nivel nacional e internacional.

Resumen de la convocatoria:

Estas ayudas tienen como finalidad facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) más competitivo a nivel nacional e internacional.

Se trata, por tanto, de favorecer la circulación de conocimiento y personal investigador excelente, incorporándolo de manera estable en el SECTI, apoyando su carrera y estimulando la generación y consolidación de equipos de investigación de primer nivel.

 

La convocatoria cuenta con un presupuesto máximo total de 25 millones de euros. 

Las actividades financiables incluidas en las actuaciones, a realizar con carácter obligatorio, son:

  • La ejecución de un proyecto propio de I+D+i liderado por el/la IP de la actuación.
  • La contratación del/de la IP de la actuación.

Asimismo, será financiable la adecuación de espacios, renovación de laboratorio y similares, necesarios para el inicio o el afianzamiento de la línea de investigación del/de la IP de la actuación, no siendo esta actividad de carácter obligado en la ejecución de las actuaciones. 

Adicionalmente, será obligatorio que, antes de que finalice el periodo de ejecución de la actuación, las entidades beneficiarias creen un puesto de trabajo de carácter permanente en el ámbito de conocimiento del/de la IP y procedan a su cobertura, entendida como la efectiva incorporación al puesto de la persona que resulte adjudicataria en el correspondiente proceso selectivo.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Organismos Públicos de Investigación (OPIs).
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados, de naturaleza pública.
  • Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en su objeto social o en la normativa que los regule, tengan la I+D+i como actividad principal.
  • También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I. Si alguno de ellos careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca.

 

En la relación de actuaciones subvencionables, deberá tenerse en cuenta que de los 25 millones de euros de la convocatoria al menos, 15 se destinarán a la financiación de actuaciones en organismos públicos de investigación y universidades públicas, siempre y cuando haya un número suficiente de solicitudes presentadas por estas entidades cuya puntuación permita cumplir esta previsión. 

 

Cómo se solicita:

Documentación/información necesaria:

El formulario electrónico de solicitud contendrá, entre otra, la siguiente información:

  1. Identificación del área y la subárea temática seleccionada para la evaluación de la actuación, cuya relación figura en el anexo II de la resolución. El órgano instructor, a propuesta motivada de la Subdivisión de Coordinación y Evaluación, podrá cambiar de oficio la actuación a otra área temática.
  2. Resumen, en español y en inglés, de la actuación y reseña del currículum del/de la IP propuesto/a, preferentemente en inglés. Esta información podrá hacerse pública a efectos de difusión en el caso de que la actuación sea financiada.
  3. Descripción de las acciones que se llevarán a cabo para la creación y cobertura de una plaza permanente en el área de conocimiento del/de la IP de la actuación, durante el periodo de ejecución de la ayuda.
  4. Datos identificativos del/de la IP, incluyendo su código de identificación ORCID (Open Researcher and Contributor ID).
  5. Los indicadores para llevar a cabo la evaluación ex post de la actuación, las implicaciones éticas y de bioseguridad, utilización de ICTS y otra información relevante sobre la solicitud de ayuda.
  6. El presupuesto solicitado, por tipo de gasto, detallando la descripción y justificación de cada uno de ellos. Se recomienda que la descripción y la justificación se redacten en inglés.

La persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante deberá adjuntar al formulario electrónico de solicitud la siguiente documentación obligatoria, que se considerará parte integrante y contenido mínimo de la solicitud:

  1. Memoria científico-técnica de la actuación. La extensión máxima será de 12 páginas, con el contenido descrito en el anexo IV de esta resolución. La aplicación de solicitud no admitirá memorias con una extensión superior a la citada.
  2. «Curriculum vitae» abreviado (CVA) del/de la IP propuesto/a, que se presentará en el modelo normalizado disponible en la página web de la Agencia, o en el que se genera de forma automática desde la aplicación «Curriculum vitae» normalizado disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), utilizando la opción de generación de currículum abreviado. El CVA se presentará en inglés (recomendado) o en español.
  3. Cartas de referencia o manifestaciones de apoyo a la candidatura del/de la IP propuesto/a. Se aportarán agregadas en un único documento.

 

Encontrará los MODELOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES en este enlace

 

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes deberán ser presentadas de forma telemática mediante la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, a partir del 29 de junio. 

 

Cuantía:

Máximo 1.000.000€/ayuda.

 

Duración:

Tres o cuatro años.

 

Más información:

Resolución de la convocatoria

Extracto de la convocatoria

Preguntas frecuentes

Presentación de la convocatoria

Ver vídeo del Webinario: AEI 09-05-2023 - YouTube

Web de la ayuda

 

 
 
Información extraída de la web de la ayuda. En caso de posible incongruencia, prevalecerá la información proporcionada por el organismo financiador en sus medios oficiales