VolverConvocatoria: AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE LA INNOVACIÓN 2024

Nombre AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE LA INNOVACIÓN 2024
Tipo de ayuda Otros > Otros
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Prevista Publicacion
Entidad financiadora FECYT, FUNDACION ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 05/10/2024
Fecha oficial 10/10/2024

Código de la convocatoria:

FECYT-PCCI-PI-CAFCT-2024

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 01/09/2024 00:00h hasta el 10/10/2024 13:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

El objetivo general que se persigue con la financiación de las actuaciones objeto de estas ayudas es incrementar la presencia activa de la ciencia, la tecnología y la innovación en el día de a día de la sociedad, fomentando su interés por el proceso científico y sus resultados, mejorando su educación científicotécnica e impulsando su participación en actividades de comunicación social de la ciencia.

Resumen de la convocatoria:

Mediante estas ayuda la FECYT financiará parcialmente actividades realizadas en el territorio nacional que tengan como fin último el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, considerada esta en sentido amplio.

Las actividades objeto de financiación deberán estar incluidas en alguna de las siguientes categorías de proyectos:

 

A. PROYECTOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE LA CIENCIA Y LA TENCOLOGÍA:

  1. Proyectos con periodo de ejecución de hasta 12 meses:
    • Proyectos recurrentes. Actividades que se ejecutan de forma recurrente cada cierto tiempo, ya sea en forma de ediciones sucesivas de una misma actividad, o de una actividad similar para la que se introducen variaciones o adaptaciones, se hayan presentado o no con anterioridad a esta convocatoria.
    • Proyectos nuevos.  Se deberán presentar en esta subcategoría aquellas actividades que se realizan por primera vez.
  2. Proyectos con periodo de ejecución de entre 12 y 24 meses. Solo se podrán presentar en esta subcategoría grandes producciones audiovisuales, programas de planetario, y grandes exposiciones desarrolladas por entidades culturales, artísticas, museos o centros de ciencia, que requieran, por la complejidad de su producción, períodos de ejecución más amplios, pudiendo extenderse hasta dos años.

Las actividades incluidas en esta categoría deberán asociarse a uno de los siguientes objetivos como principal, si bien puede tener como objetivo secundario uno o varios de los restantes:

Aumentar el conocimiento en la comprensión de la ciencia y la tecnología.

Estimular la participación ciudadana en la ciencia y la tecnología.

Promover cambios en las actitudes o comportamientos en cuestiones relacionadas con ciencia y tecnología.

Generar conocimiento científico sobre la comunicación social de la ciencia.

Combatir la desinformación en el ámbito de la ciencia y la tecnología.

 

B. PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES UCC+I

En esta categoría se incluyen los programas de actividades de las Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+I), intermediarias entre los colectivos investigador e innovador, y los medios de comunicación, así como entre los primeros y la sociedad.

 

C. FERIAS DE LA CIENCIA

En esta modalidad se financiarán proyectos cuyo objetivo sea la organización de eventos en los que los protagonistas son el alumnado no universitario que, con la ayuda del profesorado o del personal investigador, presenta al público general, incluido el resto de estudiantes, los resultados de un proyecto científico de naturaleza experimental tutorizado por sus docentes.

 

D. PROYECTOS SINGULARES:

  1. Ciencia ciudadana: Se financiarán proyectos de ciencia ciudadana entendida como aquellas actividades que involucren a la ciudadanía en los procesos de investigación científica, lo que fomenta que ciencia, agentes sociales e instituciones políticas puedan establecer vínculos que permitan impactos más significativos y socialmente aceptados. 
  2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad: Los proyectos financiados en esta modalidad deberán generar espacios de conocimiento compuesto entre Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad.
  3. Investigación y práctica en la comunicación científica: Se financiarán proyectos de comunicación científica coordinados entre quienes investigan y quienes comunican para el diseño, desarrollo e investigación de enfoques de comunicación en un contexto real que permitan hacer avanzar tanto la ciencia como la práctica de la comunicación científica.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación (OPIs).
  • Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  • Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. 

 

Cómo se solicita:

Documentación necesaria:

  • Memoria técnica en castellano del proyecto objeto de solicitud, que aporte información detallada del mismo.
  • Escritura notarial del poder del representante legal con competencia para la aceptación de la ayuda o documento acreditativo del poder equivalente según las prescripciones legales que sean aplicables, salvo que ya estuviere incorporado al registro de la entidad solicitante.
  • Copia de la tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF) del beneficiario, salvo que ya estuviere incorporado al registro de la entidad solicitante.

 

Presentación de solicitudes:

La presentación de las solicitudes se realizará en el sistema electrónico de participación disponible en la dirección web de la FECYT, conforme a las instrucciones y modelos establecidos al efecto.

 

 

Cuantía:

Hasta el 70% del coste del proyecto.

 

Duración:

Entre uno y tres años

 

Más información:

Orden de bases reguladoras

Extracto de la resolución (publicado en BOE)

Resolución de la convocatoria

Documentación convocatoria (BDNS)

Web de la ayuda

 

 

Información extraída de la web de la ayuda. En caso de posible incongruencia, prevalecerá la información proporcionada por el organismo financiador en sus medios oficiales.