VolverConvocatoria: PROGRAMA NEOTEC 2021

Nombre PROGRAMA NEOTEC 2021
Tipo de ayuda Proyectos I+D+i > Proyectos de innovación
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 25/06/2021
Fecha oficial 08/07/2021

Código de la convocatoria:

CDTI-PILE-AC-NEOTEC-2021

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 15/05/2021 00:00h hasta el 08/07/2021 12:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas, dirigidas a pequeñas empresas innovadoras (con una antigüedad máxima de tres años), que financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnología o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de la tecnología. Como novedad, la convocatoria primará la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

Resumen de la convocatoria:

Ayudas que financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán ser solicitantes pequeñas empresas innovadoras que reúnan los siguientes requisitos:

  • No estar cotizadas.
  • Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria.
  • No haber distribuido beneficios. 
  • No haber surgido de una operación de concentración.
  • Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
  • Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente. 

Otras entidades podrán participar siendo subcontratadas por la empresa solicitante. La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50 por ciento del presupuesto financiable. 

 

Cómo se solicita:

La cumplimentación y presentación de las solicitudes para la obtención de las ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de formularios y los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del CDTI

Las solicitudes se presentarán mediante el formulario electrónico correspondiente, junto con la siguiente documentación:

  • Plan de empresa. Deberá tener el contenido mínimo indicado en el Anexo III de la resolución de la convocatoria y deberá presentarse en castellano.
  • En el caso de que se subcontraten actividades con entidades vinculadas, solicitud de autorización de dicha subcontratación y declaración responsable. 
  • Documentación económico-financiera. 
  • Documentación jurídico-administrativa. 

 

Cuantía:

Máximo 325.000€*

 

Duración:

Uno o dos años (las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2022).

 

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Resolución de la convocatoria (BDNS)

Extracto de la convocatoria

Web de la ayuda (CDTI)

 

 

 

* La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 36.460.000€

La financiación concedida tendrá los siguientes límites:

  1. Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
  2. Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Cada actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.