Nombre | LLAMADA PUERTO RICO – ESPAÑA PARA PROYECTOS DE COLABORACIÓN EN INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA 2019-1 |
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Tipo de ayuda | Proyectos I+D+i > Proyectos I+D+i |
Ámbito | Nacional |
Estado de la convocatoria | Cerrada |
Entidad financiadora | CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL |
Naturaleza financiación | Pública |
Grupo profesional | |
Especialidad | (0 en total) |
Fecha límite Fibao | 05/04/2019 |
Fecha oficial | 10/04/2019 |
Código de la convocatoria:
CDTI-ALGESIP-PI-PRESP-2019
Presentación de solicitudes:
Desde el 01/11/2018 00:00h hasta el 10/04/2019 15:00h (horario peninsular).
Objeto:
Convocatoria para la financiación de proyectos de colaboración tecnológica realizado por entidades de Puerto Rico y España, en los que organismos de investigación como universidades y centros tecnológicos, a través de un esquema de subcontratación.
Resumen de la convocatoria:
Convocatoria para la financiación de proyectos de colaboración tecnológica realizado por entidades de Puerto Rico y España. Dichos proyectos deben demostrar la contribución tecnológica y mutuamente beneficiosa de los participantes de ambos Estados, abordando necesidades o desafíos específicos del mercado y mostrando una gran relevancia industrial y potencial comercial.
La convocatoria va dirigida principalmente a los siguientes sectores: Biotecnología, TIC, Industria aeroespacial, Salud, Medioambiente, Tecnologías limpias y/o Energía Renovable y Agricultura. Independiente, podría ser considerado cualquier otro sector siempre que el proyecto tenga carácter innovador.
Requisitos de los solicitantes:
Cómo se solicita:
Los participantes españoles tendrán que registrar en CDTI la solicitud del Proyecto de Cooperación Tecnológica Internacional con certificación y seguimiento unilateral a través de la aplicación de solicitud de proyectos on-line. En esta solicitud, además del formulario web, deberán incluir el Application Form y el Acuerdo de Consorcio firmados.
Cuantía:
No especificada*.
Duración:
Más información:
* Se ofrecerá una ayuda parcialmente reembolsable de hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo excepcionalmente alcanzar el 85%, con un tramo reembolsable y un tramo no reembolsable.