VolverConvocatoria: AYUDAS A INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO-TÉCNICO 2015

Nombre AYUDAS A INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO-TÉCNICO 2015
Tipo de ayuda Infraestructuras > Infraestructuras
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional Atención primaria, Básica, Clínica, Enfermería, Salud Pública
Especialidad ALERGOLOGÍA, ANÁLISIS CLÍNICOS, ANATOMÍA PATOLÓGICA, ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN, ANGIOLOGÍA Y C... (79 en total)
Fecha límite Fibao 31/01/2016
Fecha oficial 05/02/2016


Presentación de solicitudes: 
Desde el 18 de enero hasta el 05 de febrero de 2016 a las 15:00h (horario peninsular)

Resumen de la convocatoria:

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas públicas a infraestructuras y equipamiento científico técnico del Subprograma estatal de infraestructuras científicas y equipamiento en el marco del Plan Estatal de I+D+I.

Su finalidad, es proveer, mantener y actualizar las infraestructuras científicas y técnicas para que sean accesibles a todos los agentes del Sistema y facilitar una investigación científico-técnica de calidad. En concreto, contempla la adquisición y mejora de infraestructuras y equipamientos científicos y tecnológicos, preferentemente de uso compartido.

Quién puede solicitarla:Requisitos de los Solicitantes:

Organismos públicos de investigación de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Universidades públicas e institutos universitarios.

Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos.

Cómo se solicita:

La solicitud deberá realizarse previa inscripción del representante legal de la entidad interesada en el Registro Unificado de Solicitantes, que podrá realizar en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, dentro del apartado «Registro de representante» (https://sede.micinn.gob.es/rus/). Este registro pedirá al usuario que identifique a la entidad solicitante, si no estuviera previamente identificada.

Cada entidad solicitante presentará una única solicitud, en la que se agruparán todos sus proyectos y que estará integrada, como contenido mínimo, por los siguientes formularios:

  • Una memoria general de la institución (Acreditación de la condición de beneficiario, declaración de IVA soportado por el solicitante y otros documentos administrativos a aportar por el solicitante).
  • Proyectos de equipamiento científico-tecnológico (Memoria técnica del proyecto, facturas proforma o documentos equivalentes que acrediten el coste total de la actuación, currículum vítae del responsable científico-tecnológico del proyecto, así como de los miembros del equipo investigador que lo apoyan, memoria explicativa del efecto socio-económico en el caso de concederse la financiación solicitada, la aceptación de que la evaluación pueda ser transferida a las comunidades autónomas y documentación de apoyo al proyecto).

Acceso a modelos: http://bit.ly/1OrBHUA

Cuantía:

No se especifica cuantíaSe aceptarán proyectos entre 100.000 y 1.000.000€ y las ayudas en esta convocatoria serán en forma de préstamo, anticipo reembolsable FEDER o subvención.

Duración:
Máximo dos años. La ejecución de la actividad se determinará en la resolución de concesión y estará comprendido entre los años 2016 y 2017.
Criterios de evaluación:
  • Calidad científico-técnica de los proyectos (60%).
  • Calidad y solidez de los investigadores o técnicos que avalan los proyectos (40%).

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Resolución de Convocatoria

Web de la ayuda: http://bit.ly/1Pl9xYG

IMPORTANTE

Prestamos sujetos a las siguientes condiciones:

  • Plazo máximo de amortización: El plazo de amortización será de diez años mediante reembolsos anuales, sin periodo de carencia.
  • Tipo de interés: Euribor a un año publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la aprobación de la convocatoria incrementado en 0,01.
  • Garantía: Se atendrá a lo dispuesto en el artículo 13 de las bases reguladoras. En caso de ser necesaria la constitución de garantías, esta se hará por un 25% del importe prestado