Nombre | APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2024 |
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Tipo de ayuda | Otros > Otros |
Ámbito | Nacional |
Estado de la convocatoria | Publicada |
Entidad financiadora | AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN |
Naturaleza financiación | bbpxc3xbablica |
Grupo profesional | |
Especialidad | (0 en total) |
Fecha límite Fibao | 29/04/2024 |
Fecha oficial | 16/05/2024 |
Código de la convocatoria:
MINECO-PFIT-AC-CENSO-2024
Presentación de solicitudes:
Desde el 25/04/2024 00:00h hasta el 16/05/2024 14:00h (horario peninsular).
Objeto:
Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de centros y unidades de investigación, mediante su acreditación como Centros de Excelencia Severo Ochoa o Unidades de Excelencia María de Maeztu y financiación de sus planes estratégicos. Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados en el punto anterior.
Resumen de la convocatoria:
Las actuaciones que prevé esta convocatoria tienen por finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación, pertenecientes o participadas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, existentes en España y que destaquen por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial.
Para la consecución de esta finalidad, la convocatoria promueve:
- La acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichos centros destinados a fortalecer sus capacidades científicas y estratégicas; potenciar su liderazgo internacional; impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración interna, así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento; y actuar como agentes tractores en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- La acreditación de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de los programas estratégicos de investigación de frontera que ejecuten dichas unidades destinados a fortalecer sus capacidades científicas; impulsar la especialización de la investigación; potenciar la agregación de capacidades científicotécnicas a través de la colaboración interna así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación y atracción de talento; y actuar como agentes tractores en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados en el punto anterior. La finalidad de estas actuaciones es la formación de nuevos doctores mediante la realización de una tesis doctoral asociada a una línea prioritaria de las previstas en el plan o programa estratégico financiado en esta convocatoria.
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 76.000.000€.
Requisitos de los solicitantes:
Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:
- Organismos públicos de investigación.
- Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Otros centros públicos de I+D+i, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
Requisitos específicos de los centros:
A efectos de esta convocatoria se entenderá por centro a una organización dedicada a la ejecución directa de la investigación, con personalidad jurídica propia o que, careciendo de ella, se haya creado como tal de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenece, que reúna los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituido desde, al menos, el 1 de enero de 2016, con la excepción de aquellos centros resultantes de la fusión de otros previamente existentes, en cuyo caso deberán estar constituidos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria, si bien los centros que dieron lugar a la fusión deberán haber sido creados desde, al menos, el 1 de enero de 2016.
- Disponer de personal investigador adscrito al centro, entendiéndose como personal adscrito el personal propio del centro y el personal adscrito nominalmente al centro, vinculado a la entidad a la que pertenece el centro, en los casos de centros sin personalidad jurídica propia, o vinculado a otra entidad diferente, conforme a las correspondientes normas legales o estatutos, y de una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia. En cualquier caso, es necesario que el centro disponga de personal propio.
- Además, se incluyen expresamente en esta definición siempre que cumplan los requisitos anteriores:
- Los institutos y consorcios universitarios e interuniversitarios con personalidad jurídica propia.
- Los centros e institutos de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC), siempre que cuenten con unidad gerencial propia o compartida con uno o más centros e institutos del CSIC.
- Los centros o institutos mixtos, que cuenten con una unidad gerencial propia o compartida diferenciada y una localización para todo el centro o instituto.
- El Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).
- Designar a un director o directora científica y a diez investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
En todo caso, la solicitud de las organizaciones anteriores deberá referirse siempre al conjunto del centro o instituto, y por tanto incluir a la totalidad de los/as investigadores/as adscritos/as.
Requisitos específicos de las unidades:
A efectos de esta convocatoria se entenderá por unidad una estructura de investigación, diferenciada y estable en el tiempo, sin personalidad jurídica propia, que reúna los siguientes requisitos:
- Contar con el reconocimiento o aprobación, formal y documentado, de los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca y, cuando proceda, haber sido creado por el organismo competente, de acuerdo con las normas legales o estatutos de dicha entidad o con la normativa que regule su creación, desde, al menos, el 1 de enero de 2019.
- Disponer de una trayectoria de investigación compartida, articulada desde el punto de vista científico y demostrable, al menos durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2023).
- Disponer de infraestructura y recursos científicos compartidos por todos/as los/as investigadores/as que integran la unidad, que permitan la consolidación y el desarrollo de un programa estratégico de investigación de frontera común y de actividades formativas.
- Disponer de una plantilla de investigadores/as doctores/as adscritos/as a la unidad, entendiéndose como personal adscrito el personal propio de la entidad solicitante a la que pertenece la unidad, adscrito nominalmente a la unidad, y el personal vinculado a otra entidad diferente, igualmente adscrito nominalmente a la unidad, conforme a las correspondientes normas legales o estatutos de la entidad a las que pertenezcan dichos/as investigadores/as. Al menos el 80% de dicho personal investigador de la unidad deberá ser personal propio de la entidad solicitante. Hasta el 20% restante del personal investigador podrá pertenecer a otras entidades y deberá estar adscrito formalmente a la unidad.
- Se incluyen expresamente en esta definición, siempre que cumplan los requisitos anteriores, los departamentos universitarios, los institutos de investigación, universitarios e interuniversitarios, sin personalidad jurídica y los departamentos de los organismos públicos de investigación, con la excepción de los del CSIC y el IAC, y de los de los centros o institutos mixtos.
- Como excepción y siempre que la solicitud se refiera a la totalidad del centro, podrán presentarse como unidades los centros que, cumpliendo los requisitos, no dispongan de una plantilla de investigadores/as doctores/as adscritos/as al centro superior a 80 en el momento de presentación de la solicitud.
- Designar a un director o directora científica y a seis investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
No se podrá solicitar ni acceder a la acreditación y la ayuda objeto de esta convocatoria en los siguientes casos:
- Centros y unidades que ya estén acreditados y financiados como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» o «Unidades de Excelencia María de Maeztu» en las convocatorias 2020, 2021 y 2023, o los que pudieran resultar de la desagregación o agregación de los centros o de las unidades acreditados en las convocatorias indicadas.
- Dos o más unidades que pertenezcan a un mismo centro o que resulten de la subdivisión de una unidad, de acuerdo con las definiciones de esta convocatoria; o un centro o unidad integrado por personal investigador adscrito a un «Centro de Excelencia Severo Ochoa» o a una «Unidad de Excelencia María de Maeztu» acreditados en el momento de presentación de la solicitud a la presente convocatoria, con la excepción de los acreditados en la convocatoria 2019.
- Dos o más centros o unidades que incluyan los/as mismos/as investigadores/as o investigadores/as que pertenezcan a centros o unidades ya acreditados.
- Centros o unidades solicitantes en la convocatoria 2023 de esta misma actuación y fueran desestimadas por no haber superado la primera fase de evaluación, así como aquellas que hubieran obtenido en la segunda fase de evaluación una calificación final inferior a 85 puntos.
Cómo se solicita:
Las solicitudes serán tramitadas íntegramente a través de la sede electrónica del Ministerio.
Cuantía:
4.500.000€/Centro; 2.250.000€/unidad + 125.000€/predoctoral
Duración:
Cuatro años.
Más información:
Resolución de la convocatoria (BDNS)
Extracto de la convocatoria (publicado en BOE)
Web de la ayuda (pendiente de publicación)