Datos de la convocatoria
Nombre | ACCIONES DE PROGRAMACIÓN CONJUNTA INTERNACIONAL 2015 |
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Categoría | Acciones complemetarias > Organismos Públicos > Nacional |
Estado de la convocatoria | Cerrada |
Entidad financiadora | MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD |
Fecha interna | 17/07/2015 |
Fecha oficial | 21/07/2015 |
Documento adjunto | No hay documento adjunto |
Resolución provisional | Aun no hay resolución provisional |
Resolución definitiva | Aun no hay resolución definitiva |
Presentación de solicitudes:
Desde el 24 de junio hasta el 21 de julio de 2015 a las 15:00h (horario peninsular)
Resumen de la convocatoria:
Esta actuación tiene por objeto la financiación de proyectos de investigación colaborativa de dimensión europea e internacional. Será objeto de financiación de esta actuación la participación de entidades españolas integrantes de consorcios que hayan concurrido previamente en convocatorias conjuntas europeas o internacionales en las que participa el Ministerio de Economía y Competitividad (ver el apartado Convocatorias Internacionales Conjuntas). Los proyectos podrán realizarse, según la participación de equipos de investigación españoles en la propuesta internacional, bajo las modalidades de:
Proyecto individual, con un equipo de investigación, o
Proyecto coordinado, formado por un mínimo de dos subproyectos, cada uno de los cuales contará con un equipo de investigación.
Requisitos de los Solicitantes:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
a) Organismos Públicos de Investigación.
b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
c) Otros centros públicos de I+D.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros.
Requisitos del IP:
Las actuaciones subvencionadas estarán dirigidas por un investigador principal.
El investigador principal del equipo de investigación español deberá reunir los requisitos establecidos en la convocatoria internacional correspondiente, además de los siguientes.
- Ser:
A) Doctores
B) En el caso de los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica, también podrán ser investigadores principales los titulados superiores que acrediten su experiencia en actividades de I+D+i durante al menos cinco años o, alternativamente, que hayan dirigido proyectos de investigación del Plan Nacional de I+D+i 2008-2011 o del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016. Esta posibilidad solo es aplicable a proyectos de tipo B.
- Tener una vinculación con la entidad beneficiaria que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución del proyecto.
- Contar con una jornada laboral en la entidad beneficiaria a tiempo completo o a tiempo parcial de un mínimo de 800 horas anuales.
Requisitos de los investigadores
Los componentes del equipo de investigación español deberán reunir los requisitos establecidos en la convocatoria internacional correspondiente, además de los siguientes:
- Ser Doctores o Personal investigador con categoría de titulado superior.
- Tener con la entidad beneficiaria, o alguna otra entidad que cumpla los requisitos para ser beneficiaria, una vinculación que cubra al menos el período solicitado de ejecución del proyecto.
Requisitos del consorcio
En el caso de proyectos coordinados, estarán formados por un mínimo de dos subproyectos.
Cómo se solicita:
Con carácter previo a la presentación de la solicitud, deberán estar inscritos en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación (https://sede.micinn.gob.es/) la entidad, el responsable legal y el investigador principal.
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
El investigador principal deberá cumplimentar el formulario electrónico de la solicitud. El formulario electrónico de solicitud contendrá, además de los datos identificativos de la actuación, entidad solicitante, participantes y presupuesto de la actuación, la siguiente información:
a) Identificación del área y, en su caso, subárea temática de gestión seleccionada para la evaluación de la actuación. En el caso de proyectos coordinados todos los subproyectos serán evaluados en el área temática de gestión del investigador coordinador. El órgano instructor podrá readscribir de oficio el proyecto a otra área temática de gestión.
b) Identificación obligatoria del reto elegido para realizar la actuación de entre los ocho retos recogidos en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación en el Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad. La identificación de una de las tecnologías facilitadoras esenciales o de un segundo reto será opcional.
c) Identificación del miembro asociado en el caso de que hubiese puralidad de beneficiarios.
d) Resumen, en español y en inglés, del impacto científico técnico esperado del proyecto y reseña del currículum del investigador o investigadores principales.
Además:
a) Identificación del programa europeo o internacional en el que se enmarca la actuación. Al formulario electrónico de solicitud, el investigador principal deberá anexar otra documentación obligatoria, especificada en la Resolución de Convocatoria.
Cuantía:
Sin especificar.
Las ayudas de esta actuación consistirán en subvenciones.
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.
Duración:
Entre uno y tres años. Según lo justifique la índole de las actividades descritas en la memoria científico-técnica y siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en el programa internacional en el que se enmarque, contados a partir de la fecha que se especifique en la resolución de concesión. En todo caso, la fecha de inicio del proyecto deberá ser posterior a la fecha de publicación de la convocatoria internacional, y no podrá ser anterior al 1 de enero de 2015.
Criterios de evaluación:
La evaluación de las solicitudes se realizará en una única fase, según los criterios de evaluación siguientes:
- Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta (40%)
- Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación (20%)
- Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta (40%)
Más información:
IMPORTANTE
Convocatorias Internacionales Conjuntas
BIODIVERSA 2. Cooperation and shared strategies for biodiversity research programmes in Europe. CHIST-ERA II. European coordinated research on long-term challenges in Information and Communication Sciences and Technologies II. ECSEL 2014. Electronic Components and Systems for European Leadership. ECSEL 2015. Electronic Components and Systems for European Leadership. ENMII. European network of transnational collaborative RTD projects in the field of Nanomedicine. ERA-IB-2. ERA-NET for Industrial Biotechnology. ERA-MBT. ERA-NET for Marine Biotechnology. ERA-MIN. European Research Area - network on the industrial handling of raw materials for European industries. ERA-NET LAC. Network of the European Union, Latin America and the Caribbean countries on joint innovation and research activities. ERA-NET MED. Euro-Mediterranean cooperation through ERA-NET joint activities and beyond. ERASynBio. Development and coordination of synthetic biology in the European Research Area. FLAG-ERA. FET Flagship ERA-NET. Infect-ERA. Coordination of European funding for infectious diseases research. JPI CH. JPI Cultural Heritage. JPI MYBL. JPI More Years Better Lives. The potential and challenges of demographic change. JPI OCEANS. JPI Healthy and Productive Seas and Oceans. Microplastics. JPI WATER-WaterWorks2014. JPI Water Challenges for a Changing World. Research and innovation for developing technological solutions and services. M-ERA-NET 2014. From materials science and engineering to innovation for Europe. NEURON II. Network of European funding for Neuroscience research. NSF PIRE. National Science Foundation. Partnership for International Research and Education. SIINN. Safe Implementation of Innovative Nanoscience and Nanotechnology. SOLAR ERA-NET 2014. ERA-NET on Solar Electricity for the Implementation of the Solar Europe Industry Initiative. SOLAR ERA-NET 2015. ERA-NET on Solar Electricity for the Implementation of the Solar Europe Industry Initiative. Incompatibilidades
Solo se podrá presentar una solicitud como investigador principal en la presente convocatoria de Acciones de Programación Conjunta Internacional. Conceptos susceptibles de ayuda
Las ayudas previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas.
El presupuesto de los proyectos se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, sea cual sea la condición del beneficiario. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 por 100 de los costes marginales solicitados.
En el presupuesto (costes marginales) de los proyectos, las ayudas se aplicarán al concepto de costes directos: a) Gastos de personal; b) Gastos de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación de equipamiento científico-técnico, incluyendo equipos informáticos, programas de ordenador de carácter técnico y material bibliográfico; c) Material fungible, suministros y productos similares, excluyendo el material de oficina; d) Costes de utilización y acceso a Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) incluidas en el mapa aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación, y a las grandes instalaciones científicas nacionales e internacionales; e) Gastos de viajes y dietas, inscripción y asistencia a congresos y conferencias, visitas y estancias breves de investigadores (de una duración máxima de tres meses), tanto invitados como del equipo de investigación del proyecto; f) Costes de solicitud y otros gastos de mantenimiento de derechos de propiedad industrial e intelectual derivados de la actuación; g) Costes de patentes y conocimientos técnicos adquiridos y obtenidos por licencia de fuentes externas a precios de mercado; h) Gastos derivados del asesoramiento y apoyo técnico a la investigación, innovación y transferencia de resultados; i) Gastos de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto; j) Gastos derivados de la internacionalización de la actividad y otros gastos relacionados con actividades de colaboración con otros grupos nacionales e internacionales; k) Gastos derivados de actividades de formación de corta duración imprescindibles para la ejecución del proyecto y de organización de actividades científico-técnicas; l) Gastos de subcontratación de actividades objeto de ayuda de hasta un 25 % de la cuantía total de la ayuda concedida; m) Gastos derivados del preceptivo informe de auditoría requerido en caso de cambio de entidad beneficiaria, con un límite de 1.200 euros; n) Otros gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto, tales como utilización de servicios centrales y generales de investigación de la entidad beneficiaria, servicios de mensajería, asistencias técnicas y otros servicios externos.
No se aplicarán costes indirectos en estas actuaciones.