VolverConvocatoria: Ayudas a Proyectos de Investigación Médica 2011.

Datos de la convocatoria

Nombre Ayudas a Proyectos de Investigación Médica 2011.
Categoría Proyectos de Investigación > Organismos Privados
Estado de la convocatoria Resolución definitiva Resolución definitiva
Entidad financiadora FUNDACION MUTUA MADRILEÑA
Fecha interna 22/02/2011
Fecha oficial 25/02/2011
Documento adjunto Descargar fichero adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva 14/09/2011

El objetivo principal de la Fundación Mutua Madrileña es promover e impulsar la investigación médica en España, por ello, la presente convocatoria tiene como fin contribuir mediante una importante dotación a los trabajos de investigación científica que van a realizarse en el área de la medicina y la salud por cualificados profesionales de nuestro país, dando lugar con la aplicación de los resultados a un importante beneficio social.

BASES REGULADORAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN MÉDICA 2011

I. Mediante esta VIII Convocatoria se concederán subvenciones a equipos de investigadores con reconocida experiencia, que sin excluir ningún área relacionada con las ciencias médicas, trabajen preferentemente en los siguientes campos de investigación :

  • Oncología
  • Trasplante de Órganos
  • Traumatismos

Se tendrán especialmente en cuenta, los trabajos de investigación clínica realizados en instituciones hospitalarias y así mismo la aplicabilidad de la investigación propuesta.

II. Las ayudas están destinadas a proyectos de investigación con una duración mínima de un año y máxima de tres años.

III. La solicitud para participar en la presente convocatoria se realizará exclusivamente on-line a través de la página web de la Fundación www.fundacionmutua.es/Ayudas-a-la-Investigacion.html, donde encontrarán las instrucciones pormenorizadas para llevarla a cabo y los modelos de solicitud que obligatoriamente deben de utilizar.

Todas las solicitudes deberán acompañar los siguientes documentos:

  1. Memoria del proyecto, conforme al modelo de solicitud facilitado en la red.
  1. Currículum vitae de cada uno de los miembros del equipo investigador conforme al modelo facilitado en la web.
  1. Un ejemplar de las bases de la presente convocatoria con la firma de aceptación del investigador principal y del Director de Investigación del centro, si lo hubiere, o el responsable del centro donde se va a desarrollar el proyecto, conforme al modelo facilitado en la web.
  1. Informe del Comité de Ética y Ensayos Clínicos del centro donde se desarrollará el proyecto o si el tipo de investigación lo requiere, será necesario informe del Comité correspondiente sobre experimentación animal.
  1. Fotocopia del NIF del investigador principal.
  1. Fotocopia del NIF (número de identificación fiscal) del centro/institución que gestionará el proyecto.

Toda la documentación se deberá incluir en formato electrónico mediante archivo adjunto.

En la memoria del proyecto se incluirá la dotación estimada pormenorizada de la ayuda que se pretende, especificando las ayudas del material inventariable y fungible que ha de utilizarse, indicando si el proyecto constituye una nueva investigación o la continuación de otro proyecto iniciado anteriormente. En este último caso deberán expresarse las ayudas recibidas para éste y la entidad de quien recibió la ayuda económica.

En el caso de que el centro donde se realice el trabajo de investigación detraiga alguna cantidad en concepto de costes indirectos, ésta no podrá ser superior al 5 % del importe total de la ayuda concedida.

IV. El plazo de presentación de solicitudes será: de las 8:00 horas del día 20 de enero a las 24:00 horas del día 25 de febrero de 2011. Solo serán aceptadas las solicitudes realizadas on-line y en los modelos que figuran actualmente en la citada web.

V. Todas las solicitudes presentadas en el plazo indicado y en los modelos facilitados serán examinados por el Consejo Rector de Investigación de la Fundación, el cual podrá recabar, si lo considera necesario, la opinión de expertos en el tema correspondiente al proyecto de investigación, para una mejor evaluación.

Para la selección de los proyectos por el Consejo Rector se tendrá especialmente en cuenta la experiencia investigadora del grupo que solicita la ayuda, así como los antecedentes de la investigación que se pretende, los resultados obtenidos por el equipo investigador, objetivos, desarrollo y calidad del proyecto.

VI. El investigador principal que tenga un proyecto en activo financiado por esta Fundación, no podrá obtener financiación de un nuevo proyecto. No se tendrán en cuenta para este cómputo, los proyectos que finalicen en el presente ejercicio.

VII. Por aplicación analógica de las normas reguladoras del conflicto de interés de los Consejeros de Mutua Madrileña Automovilista, para poder acceder a estas ayudas los proyectos de investigación en cuyo grupo investigador participe un miembro del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Consejo Rector de la Fundación Mutua Madrileña o:

 1. El cónyuge del miembro del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Consejo Rector de la Fundación Mutua Madrileña o las personas con análoga relación de afectividad.
 2. Los ascendientes, descendientes y hermanos de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Consejo Rector de la Fundación Mutua Madrileña o del cónyuge de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista o del Patronato o del Consejo Rector de la Fundación Mutua Madrileña.
 3. Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Consejo Rector de la Fundación Mutua Madrileña.

deberá identificarse específicamente tal circunstancia y, en la elaboración, deliberación y votación de la propuesta o acuerdo de otorgamiento, deberá abstenerse de participar la persona afectada.

VIII. Las solicitudes aprobadas por el Consejo Rector serán elevadas al Patronato de la Fundación Mutua Madrileña para su aprobación definitiva o desestimación. La decisión final será inapelable y pondrá fin al proceso de selección.

IX. La Fundación Mutua Madrileña comunicará directamente a los interesados, la decisión del Consejo Rector. Los derechos y obligaciones que se deriven del desarrollo del proyecto que resulte adjudicatario de las subvenciones, se regularán conforme a las presentes bases.

X. Si el importe de la financiación finalmente otorgado para el desarrollo del proyecto, fuese menor que el importe solicitado, el investigador principal estará obligado a reajustar la memoria económica a dicho importe.

Las cantidades asignadas en cada anualidad, se ingresarán en la entidad bancaria que designe el centro donde se desarrolle el proyecto.

El plazo para la realización del proyecto se iniciará a partir de la fecha del ingreso de la primera anualidad, comprometiéndose el investigador principal a proseguirlo ininterrumpidamente hasta su finalización, sin que ningún compromiso anterior o futuro pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases.

El Investigador Principal, se compromete a ejecutar los trabajos de investigación conforme a la memoria científica y económica de su proyecto y en las condiciones estipuladas en las presentes Bases, sin cambio en los presupuestos, líneas de estudio o miembros del equipo investigador.

XI. La Fundación financiará, respecto de los proyectos aprobados, la ayuda fijada en la memoria económica para la ejecución del proyecto, de la siguiente forma:

  1. Proyectos de investigación con duración de 1 año: el 100% de la cuantía económica se liberará al inicio del proyecto.
  1. Proyectos de investigación con duración de 2 años: la cuantía económica se liberará en un 50% al inicio del proyecto, un 50% al inicio del segundo año.
  1. Proyectos de investigación con duración de 3 años: La cuantía económica se liberará en un 50% al inicio del proyecto, 25% al inicio del segundo año y 25% al inicio del último año.