VolverConvocatoria: PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD EN EL EXTERIOR 2013

Datos de la convocatoria

Nombre PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD EN EL EXTERIOR 2013
Categoría Acciones complemetarias > Organismos Públicos > Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LAS SOLICITUDES DE UTILIDAD EN EL EXTERIOR 2013
Fecha interna 28/06/2013
Fecha oficial 03/07/2013
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS

Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el 04 de junio HASTA EL 03 DE JULIO DE 2013

Resumen de la convocatoria:

Convocatoria para la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior utilizando a través de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras, con el objetivo de estimular la protección internacional de la tecnología mejorando así la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y de las personas físicas.

Las ayudas se conceden para la realización de alguna de las siguientes actividades:

La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

Serán subvencionables los trámites siguientes:

• Solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.

• Validación de una patente europea.

• Búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica.

• Examen de la solicitud de patente.

• Concesión de la patente.

• Designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).

• Traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT.

Serán subvencionables los siguientes trámites:

• Solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.

• Búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.

• Examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

• Solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.

• Búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.

• Examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

Requisitos de los Solicitantes:

Persona con domicilio en España que haya realizado directamente o a través de un representante tercero las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior, siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad en el extranjero reúna uno de los siguientes requisitos:

• Sea una persona física.

• Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME).

• Sea una gran empresa privada.

• Sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

Cómo se solicita:

La presentación de las solicitudes será por vía electrónica en la sede electrónica de la OEPM https://sede.oepm.gob.es

Se procederá a firmar y enviar dicho modelo para que la solicitud se considere efectivamente presentada. En función de las características del solicitante se deberá proceder a la firma de las siguientes maneras:

a) Si el solicitante es una persona jurídica que actúa sin representante tercero, el modelo se deberá firmar con el certificado digital de dicha persona jurídica a nombre del apoderado que figura en la solicitud de subvención o con el certificado digital de persona física del apoderado que figura en la solicitud.

b) Si el solicitante es una persona física que actúa sin representante, existen dos posibilidades:

i. Firmar el modelo con el certificado digital del solicitante.

ii. Imprimir el comprobante del modelo de solicitud, firmarlo de manera manuscrita, escanearlo y aportarlo al expediente.

c) Siempre que el solicitante, ya sea persona física o persona jurídica, presente la solicitud mediante un representante tercero, el modelo se deberá firmar con el certificado digital del representante.

Debe ir acompañado digitalmente de la siguiente documentación firmada de forma manuscrita o electrónica según se especifica en las bases reguladoras:

a) Declaración responsable de las ayudas públicas, solicitadas o concedidas, durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores, amparadas por la cláusula «de mínimis», y, en su caso, cuantía de las mismas.

b) Declaración responsable donde se hagan constar las ayudas solicitadas u obtenidas para los mismos conceptos subvencionables por esta convocatoria.

c) Compromiso de informar por escrito al órgano instructor en el plazo máximo de quince días hábiles a partir de la fecha de recepción de las notificaciones, de cualquier modificación sobre la financiación pública solicitada o recibida por el mismo concepto.

d) Declaración responsable de que las tasas se han abonado y que no se ha recibido devolución de las mismas.

e) Declaración responsable de que todos los documentos justificativos digitalizados en formato PDF y adjuntados a la solicitud electrónica son copias fieles de los documentos originales.

f) En caso de que se indique que el solicitante es PYME, se deberá aportar una declaración responsable al respecto, sin perjuicio de las acciones de verificación que pueda llevar a cabo el órgano instructor.

g) Cualquier otra declaración responsable específica del programa.

• En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica: Copia del CIF de la persona jurídica y acreditación válida del poder del firmante de la solicitud, que deberá ser aportada electrónicamente. En el caso de empresas, dicha acreditación será la acreditación notarial correspondiente al apoderamiento.

• En el caso de que el solicitante sea una persona física: Copia del NIF del solicitante. Dicha aportación no será necesaria si se autoriza al órgano instructor para su comprobación en las bases de datos del Ministerio del Interior ni tampoco en el caso de que se firme la solicitud de ayuda con el certificado digital de la persona física solicitante de la misma o, en el caso de que la solicitud se efectúe a través de un representante tercero, se firmen las declaraciones responsables, la autorización al representante y los datos bancarios con el certificado digital de la persona física solicitante de la ayuda.

• En caso de que la solicitud se realice a través de un representante tercero, será necesaria la presentación electrónica de una autorización a dicho representante.

Cuantía:

Máximo 60.000 euros o 65.000 euros según el beneficiario. El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas de conformidad a este capítulo no podrá ser superior a 60.000 euros (80 por ciento de dichas cuantías) por solicitante y convocatoria, salvo en el caso de la PYME o las personas físicas, en que el máximo individualizado será de 65.000 euros (90 por ciento). Se podrá fijar un límite inferior al porcentaje indicado en función de la disponibilidad financiera.

Más información:

Bases reguladoras

Convocatoria

IMPORTANTE

En ningún caso las subvenciones podrán superar el importe máximo total de las ayudas «de mínimis», establecido en 200.000 € (100.000 € si se trata de empresas que operan en el sector del transporte por carretera) durante un período de tres ejercicios fiscales para una misma empresa, ni individualmente, ni como resultado de la participación en agrupaciones sin personalidad.

Las actividades subvencionables en los dos programas de esta convocatoria serán compatibles entre sí, o con otras subvenciones, ayudas o ingresos procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, a los efectos de la eventual concesión de la subvención.