VolverConvocatoria: CONTRATOS SARA BORRELL 2013

Datos de la convocatoria

Nombre CONTRATOS SARA BORRELL 2013
Categoría Recursos Humanos > Contratación
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora INSTITUTO DE SALUD CARLOS III
Fecha interna 01/07/2013
Fecha oficial 04/07/2013
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el 17 de junio HASTA EL 04 DE JULIO DE 2013

Resumen de la convocatoria:

Ayudas de perfeccionamiento postdoctoral para la contratación laboral de investigadores en centros del ámbito del SNS que hayan obtenido recientemente el título de doctor en el campo de las Ciencias y Tecnologías de la Salud. El programa incluye una estancia obligatoria de seis a nueve meses en un centro extranjero (preferentemente en el segundo año del programa).

Requisitos de los Solicitantes:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las entidades e instituciones que se relacionan a continuación, en las que desarrollen su actividad los grupos de investigación en Ciencias y Tecnologías de la Salud:

Las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el SNS.

Los Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados.

Otros centros públicos de I+D+i del ámbito del SNS.

Los CIBER solo podrán presentar solicitudes para la realización del programa en instituciones consorciadas que pertenezcan a una de las categorías anteriores.

Requisitos de los candidatos:

Los candidatos deben estar en posesión o haber solicitado el Título de Doctor (haberlo obtenido en fecha posterior al 1 de enero de 2009) y no haber disfrutado de un contrato postdoctoral de perfeccionamiento en investigación en salud «Sara Borrell» con anterioridad. Cómo se solicita:

La solicitud debe ser presentada en modelo normalizado, a través de la aplicación disponible en http://aes.isciii.es , mediante una aplicación informática sin certificado electrónico o con certificado electrónico, ante el registro electrónico del ISCIII.

Debe ir acompañada de la siguiente documentación:

Documento acreditativo de identidad en vigor.

Título de Doctor o certificado de estudios en el que conste la calificación obtenida en la Tesis doctoral y la fecha en que se obtuvo el Título de Doctor.

En el caso de haber realizado un programa de Formación Sanitaria Especializada, Título de Especialista o Certificado Oficial de especialidad o Certificado del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que acredita que se ha completado el programa de formación en la especialidad correspondiente.

Memoria de la Propuesta en modelo normalizado.

Obligatorio formato CVN en el CV candidato y CV del jefe del grupo. (CVN de I+D+i de la FECYT)

Cuando se trate de un grupo de investigación integrado en un IIS perteneciente a un centro no hospitalario, documento suscrito por el director, acreditando su pertenencia al mismo.

Acreditación documental de los supuestos de interrupción por parte de los solicitantes que los aleguen en la solicitud.

Todas las propuestas deberán encuadrarse en una de estas categorías de Grupos de investigación:

GI dirigidos por investigadores nacidos en 1968 o fecha posterior, con una producción científica que permita considerar que poseen potencialidad para la creación de grupos altamente competitivos. GI habituales de esta modalidad.

Cuantía:

26.866 euros/año distribuidos en 14 pagas. (Financiación 100% ISCIII excluida CPSS (70-30%).

Durante la estancia en el extranjero, los investigadores contratados percibirán del ISCIII una asignación mensual, con la finalidad de financiar los gastos de alojamiento y manutención de 900 euros y se concederá la subvención de los gastos de ida y vuelta al lugar donde se encuentra hasta un máximo de 1.000 euros.

Duración:

Máximo de 3 años. Contratos anuales con posibilidad de prórroga hasta el máximo establecido.

Criterios de evaluación:

Méritos curriculares del candidato 40 P.

Publicaciones de los últimos 5 años, indexadas en el Journal Citation Report facilitado a través de la aplicación de solicitudes. Serán puntuables las publicaciones de los últimos 5 años, debiéndose indicar aquellas en los que se figure como corresponding author. No se contabilizarán resúmenes de comunicaciones ni ponencias a congresos. (0-30 puntos).

Otros méritos (movilidad, FSE, programa completo Río Hortega) (0-10 puntos)

Valoración del proyecto en relación a los objetivos 15 P.

Calidad científico-técnica (0-5 puntos)

Transferibilidad de los resultados a la resolución de problemas de salud (0-10 puntos)

Valoración del grupo de investigación receptor de la persona candidata en los últimos 5 años 45 P.

Valoración de las publicaciones contenidas en el CV del jefe de grupo, indexadas en el Journal Citation Report facilitado a través de la aplicación de solicitudes. Serán puntuables las publicaciones de los últimos 5 años, de primer y segundo cuartil, debiéndose indicar aquellas en los que se figure como corresponding author (0-35 puntos).

Proyectos de investigación financiados en los que interviene el grupo (0-10 puntos)

Más información:

Bases reguladoras

Convocatoria

Web de la ayuda

IMPORTANTE

Los grupos de investigación receptores deberán ser diferentes y pertenecer a un centro distinto al del grupo con el que los candidatos realizaron su Tesis Doctoral y deben estar dirigidos por un investigador con el Título de Doctor vinculado estatutaria, funcionarial o laboralmente al centro donde se realice la actividad investigadora.

El número máximo de concesiones por centro serán:

Cinco, en el caso de los Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados.

Dos, cuando se trate de centros clínico-asistenciales del SNS. Una, en el caso de los restantes centros y CIBER. La participación en esta modalidad de ayudas es incompatible con haber sido beneficiario de un Contrato «Sara Borrell» en convocatorias anteriores.

Los investigadores podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes relacionadas con su actividad investigadora, hasta un máximo de 80 horas anuales, con la aprobación de la entidad en que presta servicios y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.