Datos de la convocatoria
Nombre | GRUPOS COORDINADOS ESTABLES EN INVESTIGACIÓN ONCOLÓGICA MODALIDAD A 2014 |
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Categoría | Proyectos de Investigación > Organismos Privados |
Estado de la convocatoria | Cerrada |
Entidad financiadora | ASOCIACION ESPAÑOLA CONTRA EL CANCER |
Fecha interna | 24/01/2014 |
Fecha oficial | 29/01/2014 |
Documento adjunto | No hay documento adjunto |
Resolución provisional | Aun no hay resolución provisional |
Resolución definitiva | Aun no hay resolución definitiva |
Presentación de solicitudes:
Desde el 22 de noviembre de 2013 HASTA EL 29 DE ENERO DE 2014
Resumen de la convocatoria:
Concesión de ayudas financieras a líneas de investigación desarrollada por un único grupo estable y competitivo de investigación multidisciplinar (el carácter multidisciplinar del grupo vendrá determinado por la participación necesaria en el mismo grupo tanto de personal clínico como de investigadores básicos) que promueva una investigación oncológica traslacional con un componente básico-clínico mediante la formalización de un convenio con los centros donde se vaya a llevar a cabo la investigación con el objetivo de acelerar la transferencia de los resultados a la práctica clínica y aumentar la masa crítica investigadora en oncología en España.
Requisitos de los Solicitantes:
El grupo coordinado estable de investigación deberá desarrollar sus investigaciones en instituciones sanitarias o universitarias, organismos públicos de investigación u otros centros de investigación de España que no tengan ánimo de lucro.
Pueden incluirse colaboraciones con grupos internacionales, pero éstos no podrán recibir financiación directa por parte de esta convocatoria.
Los jefes de grupo deberán estar trabajando en instituciones sanitarias o universitarias, organismos públicos de investigación u otros centros de investigación que acrediten actividad investigadora y contar con las estructuras necesarias para garantizar la consecución de los objetivos.
Cómo se solicita:
La presentación de las solicitudes será de forma telemática telemática en la siguiente dirección web: www.aecc.es. Primero el investigador o gestor de proyectos deberá registrarse en la web marcando la opción de colectivo investigador y marcar la institución a la que pertenece, tras completar el registro el usuario recibirá una contraseña que usará para cualquier registro telemático. Si la solicitud es válida además recibirá un código que permitirá consultar el estado de la solicitud. Las solicitudes para participar en esta convocatoria deben presentarse utilizando los impresos que facilita la Fundación aecc. Están disponibles en castellano en la página web.
El programa de investigación deberá incluir como mínimo la siguiente información:
Memoria del programa de investigación:
Memoria científica.
Memoria económica.
Conformidad de la/s institución/es donde se vaya a realizar el programa de investigación.
Currículum vitae: del coordinador científico junto con una copia del DNI o pasaporte y de los jefes de los grupos participantes.
Una vez descargados y cumplimentados los impresos necesarios para cada solicitud, junto con los anexos solicitados, deberán enviarse telemáticamente y en formato pdf.
Cuantía:
Máximo 240.000€ brutos/año.
Duración:
Máximo cinco años.
Criterios de evaluación:
Evaluación científico-técnica:
Valoración de los grupos de investigación y del coordinador científico.
Valoración científica del programa de investigación traslacional (calidad, interés y viabilidad).
Valoración económica del programa propuesto.
Valoración de la estructura de los grupos y de su nivel de dedicación y coordinación.
Valoración de la multidisciplinariedad del equipo de investigación.
Valoración del potencial de aplicabilidad de los resultados a la práctica clínica.
Valoración del plan de difusión de los resultados, tanto a la comunidad científica como a la aecc.
Más información:
IMPORTANTE
Especificación sobre la dotación económica
La contribución económica se realizará para los siguientes conceptos:
Gastos en recursos humanos empleados en el proyecto.
Gastos generados en la ejecución del programa de investigación siempre que se incluyan en el mismo y tengan relación directa con éste.
Las ayudas no podrán destinarse, en ningún caso, a cubrir gastos indirectos.
Se aceptarán presupuestos escalonados de forma creciente, con una desviación máxima de 40.000 euros al año siempre y cuando el presupuesto a los tres años sea equivalente a las tres quintas partes de la totalidad de la ayuda.